El artículo 4º del Decreto PEN Nº 393/99, que aprobó la Addenda al Contrato de Concesión, previó la instrumentación de la transferencia del control de los servicios subterráneos y premetro comprendiendo tal transferencia el ejercicio de la fiscalización y control por la ciudad de Buenos Aires. Aunque por Ley Nº 373 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Gobierno de la Ciudad adhirió al decreto nacional mencionado, el efectivo traspaso de dichas funciones nunca se materializó.
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A pesar de que dichas funciones no fueron transferidas a la Ciudad, esta Sociedad en su estructura, realiza un seguimiento de los aspectos técnicos y de calidad del servicio prestado a los usuarios. Como así también el control de la situación patrimonial tanto de los bienes propios como de los otorgados en la concesión
En tal contexto, SBASE efectúa: un seguimiento de las frecuencias de servicio, realiza relevamientos con el objeto de verificar el funcionamiento de escaleras mecánicas, ascensores y otras instalaciones. Asimismo monitorea variables que puedan incidir sobre la contaminación ambiental en el ámbito del subterráneo, como lo es la medición y el registro de ruidos y vibraciones. Además se atienden los reclamos de los usuarios que llegan a esta Sociedad en forma directa, o través de diferentes organismos de la Ciudad, además de iniciativas originadas en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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